donaciones-en-vida-ventajas-y-desventajas

Donaciones en vida: Ventajas y desventajas:

Inicio | Planificación | Donaciones en vida: Ventajas y desventajas:

Resumen del artículo

Cuando nos planteamos la posibilidad de hacer donaciones en vida, normalmente suele responder a uno de estos dos motivos: Evitar que nuestros herederos tengan que pagar por el impuesto de sucesiones, o mejorar a uno de nuestros herederos y evitar así tener que vernos limitados por las legítimas hereditarias. Si te estás preguntando ¿puedo donar mis bienes en vida? Quédate a leer las próximas líneas.

donaciones en vida en españa

Pros y contras de hacer donaciones en vida

En este artículo vamos a ver los pros y contras de hacer una donación en vida, y vamos a plantear también los eventuales peligros que puede tener, para poder tener una visión completa de esta figura jurídica, que suele ser lo primero en lo que se piensa al planificar una herencia.

Empezaremos diciendo que hacer una donación es un acto perfectamente legal, previsto en nuestro ordenamiento jurídico. El Código Civil regula las donaciones en los artículos 618 y siguientes, definiendo la donación de la siguiente manera:

Artículo 618.

La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.

 Desde el punto de vista civil no hay ningún problema, por tanto, en hacer una donación. Los problemas empiezan a emerger cuando introducimos dos elementos adicionales: La Sucesión (herencia), y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

¿Cómo afectan las donaciones hechas en vida a la herencia?

El primer punto problemático que puede surgir cuando hacemos una donación en vida, deriva de las consecuencias que esta donación pueda tener en la herencia. ¿Qué pasa cuando uno de los herederos ha ido recibiendo bienes de la herencia mientras el causante vivía? Vamos a poner un ejemplo práctico:

“Somos tres hermanos, y mis padres le han comprado un piso a mi hermano pequeño por valor de 150.000€, y después le han ido pagando todos los gastos dándole una cantidad mensual de 1.000€, y además le han comprado un coche por valor de 30.000€.

Ahora, mis padres han muerto en un accidente y lo único que han dejado es una cuenta bancaria con 3.000€.”

 Esta es una situación injusta, puesto que mientras que uno de los hermanos ha recibido una cantidad muy elevada de dinero de sus padres, los otros dos hermanos ven reducida su herencia a 1.000€.

Es un ejemplo drástico, pero que nos sirve para ilustrar la situación.

La colación hereditaria

La Ley tiene un sistema de protección para que esto no ocurra. La colación hereditaria. Que está estrechamente relacionada con las legítimas hereditarias.

Como explicamos en nuestro artículo sobre las legítimas hereditarias, la Ley establece que hay una parte de tu herencia que forzosamente tiene que ir a parar a unas personas determinadas.

Y lo que la ley quiere evitar con la colación hereditaria es que el causante burle estas legítimas al ir donando en vida todos -o la gran mayoría- de los bienes de la herencia, para que, al momento de fallecer, el heredero forzoso se encuentre que su participación en la herencia es mínima, o nula.

El Código Civil, en su artículo 1.035, establece lo siguiente:

“Artículo 1035.

El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición.”

Importancia de las legítimas

Es decir, se está obligando a los herederos forzosos a traer a la masa hereditaria todos los bienes o valores que hubiese recibido del causante en vida. ¿Para qué? Para poder calcular las legítimas de los herederos forzosos sobre la cantidad total de la herencia que hubiera quedado si no se hubiera ido haciendo donaciones en vida.

También establece la Ley que si el causante hubiera dispuesto expresamente que los bienes donados no son colacionables, no habrá que traerlos la herencia. Pero, ojo, porque en ningún caso se puede lesionar las legítimas.

Importancia de otorgar testamento

Como ves, las donaciones efectuadas en vida, lejos de solucionar tu herencia, pueden traer más problemas entre los herederos. Bien utilizadas, pueden ser útiles, pero han de realizarse bien, en el marco de una buena planificación de herencia, que pasará en todo caso por otorgar un buen testamento. Te recomendamos leer nuestro artículo sobre los beneficios de otorgar testamento.

¿Qué consecuencias tributarias tienen las donaciones hechas en vida?

Impuesto de Donaciones.

Otro aspecto fundamental, son los impuestos de las donaciones en vida. Si te preguntas ¿Las donaciones en vida pagan impuestos? La respuesta es que sí, pagan impuestos.

Y en muchas ocasiones más elevados de lo que pagarías en caso del impuesto de sucesiones, ya que en el impuesto de sucesiones hay unas reducciones que en muchos casos no son aplicables a las donaciones.

¿Todas las donaciones pagan impuestos? ¿Qué pasa con las donaciones a pequeña escala? ¿A partir de que cantidad se considera donación?

Estas son preguntas muy frecuentes, y que no tienen una respuesta concreta. La Ley no establece un umbral a partir del cual deba declararse el impuesto por la donación. Por tanto, desde un punto de vista jurídico todas las donaciones serían susceptibles de tributación.

Ahora bien, debe utilizarse el sentido común. Si haces una donación por transferencia bancaria a un familiar, de un importe elevado, probablemente tengas problemas con Hacienda. Si entregas a tu hijo 300€ en metálico para sus gastos personales, es prácticamente imposible que Hacienda pueda detectarlo.

Por tanto, teniendo en cuenta unas reglas básicas de sentido común, no deberías tener problema para donaciones de cantidades pequeñas.

Adición de bienes al Impuesto de Sucesiones.

Este es otro punto que debemos tener en cuenta. La Ley de Sucesiones y Donaciones, establece en su artículo 11.1.a y b lo siguiente:

“1. En las adquisiciones «mortis causa», a efectos de la determinación de la participación individual de cada causahabiente, se presumirá que forman parte del caudal hereditario:

    1. a)     Los bienes de todas clases que hubiesen pertenecido al causante de la sucesión hasta un año antes de su fallecimiento, salvo prueba fehaciente de que tales bienes fueron transmitidos por aquél y de que se hallan en poder de persona distinta de un heredero, legatario, pariente dentro del tercer grado o cónyuge de cualquiera de ellos o del causante. Esta presunción quedará desvirtuada mediante la justificación suficiente de que en el caudal figuran incluidos el metálico u otros bienes subrogados en el lugar de los desaparecidos con valor equivalente.

 

    1. b)     Los bienes y derechos que durante los tres años anteriores al fallecimiento hubieran sido adquiridos a título oneroso en usufructo por el causante y en nuda propiedad por un heredero, legatario, pariente dentro del tercer grado o cónyuge de cualquiera de ellos o del causante.”

 

Se incluyen además otros supuestos en los que se deberá adicionar al caudal hereditario bienes transmitidos con anterioridad al fallecimiento del causante. Son circunstancias que deben tenerse en cuenta, ya que, si se han ido liberando bienes del causante a efectos de pagar menos en el Impuesto de Sucesiones, será una sorpresa desagradable recibir un requerimiento de los Servicios Tributarios para aportar información respecto a bienes enajenados con anterioridad.

¿Qué me conviene más? ¿Me compensa hacer una donación en vida?

Lo que podemos hacer de manera genérica es mostrarte todos los elementos que has de tener en cuenta para decidir: Repercusión civil y fiscal de una donación. Pero es imposible decir de manera genérica qué compensa más, puesto que cada caso requiere una valoración individual.

Cada caso concreto tiene unas particularidades que hacen que la planificación de herencia deba hacerse de manera ajustada a las necesidades. Cambia el número de herederos, las relaciones entre herederos, el importe de la herencia, las posibilidades económicas de cada heredero, las preferencias del testador, etc.

Por poner un ejemplo, no es lo mismo realizar una donación en vida entre padres e hijos, que realizar una donación en vida de tíos a sobrinos. Puesto que la herencia entre tíos y sobrinos es más complicada y costosa, y por tanto lo que en un caso compensa, puede no compensar en otro.

Tampoco es lo mismo donar bienes inmuebles, o hacer una donación de bienes gananciales, o donar bienes embargados.

Planificación de herencia

Lo que sí podemos decir es que una donación como acto aislado no suele ser una buena opción. Debe realizarse una planificación de herencia adecuada, que en todo caso incluirá un testamento en consonancia con el resto de actos que se lleven a cabo en la herencia. Puesto que además de intentar pagar menos impuesto de sucesiones¸ también es importante facilitar a los herederos la gestión de la herencia, ya que no es lo mismo gestionar una herencia sin testamento que una herencia con testamento.

El objetivo de una planificación de herencia adecuada es ser eficientes en la gestión de la herencia. Deben valorarse:

  • Qué quiero que pase con mis bienes.
  • Cuánto tendrán que pagar mis herederos por recibir mi herencia.
  • Qué puedo hacer para que paguen menos impuestos.
  • Cómo puedo ahorrarles tiempo y dinero en la gestión de la herencia.

Esperamos que este artículo te haya resultado de interés, y que ahora tengas más claro las consecuencias de donar bienes en vida, para que puedas tomar tus decisiones con mayor conocimiento, y puedas evitar sustos en el futuro. Si tienes más dudas, siempre puedes contactar con abogados especialistas en herencias para que puedan aclararte tu caso particular.