Impuesto de Sucesiones en Andalucía: Guía Práctica [2025]
- 29 de marzo de 2024
¿Te preocupa tener que pagar impuestos de sucesiones en la Andalucía en el presente o en el futuro? ¿Crees que podrías estar sujeto a este impuesto en algún momento? ¿Te preocupa que tus seres queridos tengan que enfrentar este impuesto al heredar tus bienes? En esta guía práctica, te brindamos información fundamental sobre el impuesto de sucesiones en la Andalucía, para que puedas hacer frente a este impuesto y tener una idea clara de cuánto tendrás que pagar en el momento en que heredes en esta comunidad autónoma.
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Qué es el impuesto de sucesiones y cómo se regula en Andalucía
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto directo que grava las ganancias recibidas por herederos o destinatarios de donaciones.
Aunque su nombre completo es «Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones», en realidad son dos impuestos diferentes: uno se aplica a la herencia y el otro a la donación de bienes. El impuesto sobre sucesiones tiene un gran impacto, ya que afecta a todos en algún momento de la vida.
Estos impuestos son progresivos, lo que significa que cuanto mayor sea el valor de la herencia o donación, mayor será el costo para el contribuyente.
La regulación del impuesto es establecida por el estado y se aplica en todo el territorio español a través de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación para este impuesto, ya que es cedido por el estado.
Esto permite que dos personas puedan pagar cantidades diferentes por heredar la misma cantidad en diferentes regiones. En Andalucía, las normas que se encargan de regular este impuesto son las siguientes:
- Para hechos imponibles realizados a partir del 1 de enero de 2022 en la Ley 5/2021, de 20 de octubre de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Para hechos imponibles realizados antes del 1 de enero de 2022 en el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos
Personas obligadas a presentar el impuesto de sucesiones en Andalucía (sujetos pasivos)
Los herederos del fallecido son responsables de liquidar el impuesto de sucesiones, aunque en ocasiones puede haber herederos que no sepan que lo son.
Si el difunto hizo testamento, los herederos serán los designados en el testamento. En el caso de que no haya testamento, se aplican las reglas de la sucesión intestada establecidas en el Código Civil.
Los herederos tienen un plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento para liquidar el impuesto, aunque pueden solicitar una prórroga de hasta seis meses adicionales presentando la solicitud dentro de los primeros cinco meses desde el fallecimiento del causante.
Cuánto se paga por el impuesto de sucesiones en Andalucía.
¿Cómo se calcula el impuesto de sucesiones en Andalucía?
El importe a pagar por un heredero en el impuesto de sucesiones es determinado por diversos factores. Lo que significa que incluso dos herederos con los mismos derechos podrían pagar cantidades diferentes.
Por ejemplo, dos hermanos que hereden por igual podrían pagar impuestos de sucesiones diferentes si uno de ellos tiene una discapacidad reconocida y el otro no.
Estos factores que influyen en el monto del pago incluyen: el valor de la herencia, la naturaleza de los bienes heredados (por ejemplo, una casa o una empresa), la situación personal del heredero (por ejemplo, invalidez o bienes existentes) y la relación entre el testador y el heredero.
La ley busca que cuanto más lejano sea el grado de parentesco entre el heredero y el causante, mayor sea la carga fiscal que tenga que soportar el heredero.
Además, el patrimonio previo del heredero también influye en el monto que debe pagar por el impuesto de sucesiones. En resumen, hay varios factores que afectan el importe que un heredero debe pagar en el impuesto de sucesiones.
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Para determinar cuánto se debe pagar en impuesto de sucesiones en Andalucía, es importante considerar que el importe a abonar variará en función de las circunstancias particulares de cada caso.
Para ello, es necesario conocer los pasos para declarar el impuesto de sucesiones en Andalucía y prever qué circunstancias pueden afectarte al declarar el impuesto.
Pasos para declarar el impuesto de sucesiones en Andalucía
En primer lugar, se debe hacer un inventario de los bienes de la herencia y valorarlos, lo cual puede resultar complicado. Una vez se tenga calculado el valor de la herencia, se deben deducir las cargas y deudas que puedan ser deducidas para hallar el caudal hereditario neto.
Conviene advertir que no siempre resulta fácil valorar los bienes, puesto que en este punto suelen surgir discrepancias o dudas sobre el valor real de los bienes de la herencia.
Luego, se procede a asignar a cada heredero el porcentaje de participación que tenga en la herencia, según lo dispuesto en el testamento o el reparto establecido en el Código Civil.
Conocer el valor de la participación de cada heredero nos permitirá aplicar las reducciones que la ley establece, las cuales dependerán de las circunstancias personales de cada heredero.
La reducción más relevante es la reducción por parentesco, que resulta aplicable a los herederos que tengan cierta relación de parentesco con el causante.
A nivel estatal, se establecen unas reducciones para todo el territorio español, que luego pueden ser mejoradas por la normativa autonómica. En resumen, para determinar cuánto se debe pagar en impuesto de sucesiones en Andalucía, se deben seguir varios pasos, considerando las circunstancias particulares de cada caso y aplicando las reducciones correspondientes.
En Andalucía, la reducción que se aplicará a los GRUPOS I Y II de parentesco en desarrollo del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, podrá llegar hasta 1.000.000€.
Las reducciones por parentesco del Impuesto de Sucesiones en Andalucía son las siguientes:
A partir del 1 de enero de 2022:
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Una vez se hayan aplicado las reducciones pertinentes, se procederá a aplicar la tarifa correspondiente a la base liquidable. En el caso de Andalucía, la tarifa que se empleará es la siguiente:
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Una vez se han aplicado los porcentajes correspondientes a la base liquidable, se procederá a aplicar unos coeficientes multiplicadores que variarán en función del grado de parentesco que el fallecido tuviera con el heredero.
En la siguiente tabla se detallan los coeficientes a aplicar:
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Documentación que necesito para la declaración del impuesto de sucesiones en Andalucía
Para poder presentar la declaración del impuesto de sucesiones en Andalucía, será necesario contar con ciertos documentos que deberán ser aportados a la Administración. Entre la documentación requerida se encuentran:
- El Certificado de Defunción y el Certificado de Actos de Última Voluntad.
- Las fotocopias del DNI del causante y de cada sujeto pasivo.
- El Testamento o, en caso de no haberlo, el acta de notoriedad (o testimonio judicial) de la declaración de herederos.
- Además, dependiendo del tipo de herencia, podría ser necesario aportar otros documentos tales como el inventario de los bienes, los títulos de adquisición del causante de los bienes inmuebles que conformen la herencia, los recibos del IBI, el certificado de saldos en cuentas bancarias y cuentas de valores depositados en entidades financieras y los movimientos en las cuentas bancarias del causante durante el año anterior al fallecimiento, la documentación de vehículos del causante, los justificantes de las cargas, gravámenes y gastos deducibles, y copia de los contratos de seguro, o certificación de la entidad aseguradora, en los seguros colectivos.
Cómo liquidar el impuesto de sucesiones en Andalucía
Cuando dispongas de esta documentación, es el momento de preparar los modelos 660 y 650 (que se cubrirá uno por cada heredero). Es posible acceder a los modelos (web de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de Andalucía), y después presentarlos bien telemáticamente, o acudiendo presencialmente a las delegaciones de la Agencia Tributaria de Andalucía.
En la página web también podrás encontrar un asistente virtual tributario para resolver dudas relativas a la aplicación del impuesto de sucesiones en Andalucía.
La página web en la que encontrarás toda la información adicional que necesites, y podrás encontrar también los modelos para cumplimentar, y también pedir cita previa en caso de la que necesitas, es la siguiente:
Conclusión
El propósito de esta guía es que puedas entender algunos conceptos básicos sobre cómo declarar el impuesto de sucesiones en Andalucía, para que puedas tener una idea de qué hacer en caso de que tengas que hacerlo en el futuro.
También es importante considerar cómo afectará esto a tus herederos y planificar adecuadamente tu herencia. Aunque la planificación adecuada puede hacer que la gestión de herencias sea sencilla, este ámbito del derecho suele generar muchos problemas.
Por lo tanto, es importante recordarte que tenemos un equipo especializado en gestión de herencias que puede ayudarte con cualquier duda particular que tengas y asesorarte para evitar problemas futuros.
Sara M. | Gestión de Herencias
Responsable de Gestión y Planificación Hereditaria.
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